Passport Estancias |
El seguro pensado para aquellas personas que han contratado sólo el alquiler de un apartamento o la estancia en un hotel. Válido para estancias en España, Andorra o Portugal con una duración máxima de 30 días. |
Anulación |
Reembolso de los gastos de cancelación a causa de: |
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Enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento del asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes, hermanos/as, cuñados/as, yernos, nueras y suegro/a. |
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Perjuicios graves en el domicilio o local profesional (robo, inundación incendio). |
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Despido laboral. |
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Incorporación a un nuevo puesto de trabajo en empresa distinta con contrato laboral de duración superior a un año. |
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Convocatoria como parte, testigo o jurado en un procedimiento judicial. |
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Citación por transplante de un órgano del asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer y segundo grado que convivan con el asegurado |
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Convocatoria como miembro de una mesa electoral. |
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Entrega en adopción de un niño. |
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Retención policial del asegurado. |
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Anulación de un acompañante inscrito al mismo tiempo y asegurado para este mismo riesgo , por alguna de las causas enumeradas anteriormente y que debido a ello tenga el asegurado que viajar solo. |
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Declaración de la renta paralela efectuada por el Ministerio de Hacienda por cuantía superior a 601,01 € |
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Por avería o accidente en el vehículo propiedad del asegurado o de su cónyuge que imposibilite al asegurado iniciar el viaje. |
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Traslado geográfico del puesto de trabajo siempre que implique un cambio de domicilio del asegurado. |
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Por enfermedad o accidente de la persona al cuidado de los hijos (sólo para el seguro ampliado): |
Indemnización máxima por persona |
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Estancias Básico |
450,76 € |
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Estancias Ampliado |
600,00 € |
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Baremo para el cálculo de la indemnización |
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15 a 10 días antes de la fecha de ocupación |
5% precio estancia |
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9 a 3 días antes de la fecha de ocupación |
15% precio estancia |
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48 horas antes de la fecha de ocupación |
25% precio estancia |
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No presentación |
100% precio estancia |
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Interrupción de estancia |
Quedan garantizados aquellos casos en los que la interrupción de estancia esté justificada por algunvo de los siguientes motivos: |
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Enfermedad grave o accidente corporal grave del asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes, hermanos/as, cuñados/as, yernos, nueras y suegro/a. |
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Fallecimiento del asegurado, su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer y segundo grado o hermano/a. |
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Perjuicios graves en el domicilio habitual o local profesional (robo, inundación incendio). |
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Convocatoria como miembro de una mesa electoral. |
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Entrega en adopción de un niño. |
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Retención policial del asegurado. |
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Declaración de la renta paralela efectuada por el Ministerio de Hacienda por cuantía superior a 601,01 € |
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Presentación a exámenes en oposiciones oficiales. |
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Por avería o accidente en el vehículo propiedad del asegurado o de su cónyuge que imposibilite al asegurado iniciar el viaje. |
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Traslado geográfico del puesto de trabajo siempre que implique un cambio de domicilio del asegurado. |
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Queda garantizado el ENVÍO DE UN CHÓFER profesional para recoger el vehículo y transportar a su ocupantes asegurados hasta su domicilio habitual en caso de imposibilidad para conducir, por alguno de los casos garantizados, si el conductor no puede ser sustituido por otra persona. |
Indemnización máxima por persona |
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Estancias Básico |
450,76 € |
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Estancias Ampliado |
600,00 € |
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Prima *, HASTA 30 DÍAS ESPAÑA, ANDORRA Y PORTUGAL |
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Estancias Básico |
4,65 € |
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Estancias Ampliado |
5,95 € |
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* Estás primas incluyen los impuestos y recargos de legal aplicación. |
Prima doble a partir de los 74 años. |
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Importante: Para el cálculo del precio habrá que contar tanto el día de salida como el de regreso del viaje. Para los productos que incluyan la cobertura de anulación antes de la salida del viaje, será imprescindible la contratación de la póliza el mismo día de la confirmación de la reserva. De no ser así, esta garantía no quedará cubierta, pero sí el resto de coberturas que incluya el seguro. Contratación máxima 30 días. |
Este es un folleto informativo, sin valor contractual, reservándose la compañía la posibilidad de alterar el contenido del mismo. Las condiciones generales, particulares y exclusiones de cada una de las pólizas se facilitarán en el momento de la suscripción de la póliza. |